Ipostel ha anunciado nuevas regulaciones para los servicios de delivery a cargo de empresas digitales y redes sociales. Según la Providencia N° CJ/012/2023 publicada en la Gaceta Oficial N° 42.813 el 5 de enero de este año, estas empresas deberán obtener una habilitación postal de Ipostel para operar.
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La medida afectará tanto a personas naturales como jurídicas que ofrecen servicios de entrega a domicilio a través de repartidores. El objetivo principal de esta providencia es asegurar que los clientes reciban sus productos de manera oportuna y transparente.
Publicada la Providencia N° CJ/012/2023 de IPOSTEL en la #GacetaOficial N° 42.813, contentiva de las Normas que Regulan el Servicio de Entregas a Domicilio, efectuado mediante la utilización de Plataformas Digitales, Redes Sociales, Postales o Comerciales: https://t.co/6qmpZS77XL pic.twitter.com/str1YG7Be9
— KPMG en Venezuela (@KPMG_VE) February 23, 2024
Para obtener la habilitación postal, se requiere presentar una solicitud ante el organismo y firmar un contrato de concesión válido por un año, el cual autoriza a actuar como operadores postales privados prestadores de servicio de entregas a domicilio mediante plataformas digitales, redes sociales, postales o comerciales.
Es importante destacar que esta habilitación tiene una duración inicial de un año, renovable por el mismo período. Sin embargo, la concesión podría revocarse si no se cumplen con las condiciones establecidas en el contrato.
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