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Sala Penal del TSJ ordenó repetir audiencia preliminar a 21 militares y cinco civiles acusados de conspiración

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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ordenó que una audiencia preliminar a los  21 militares y cinco civiles quienes, presuntamente, cometieron delito de conspiración, se celebre nuevamente. Las razones son determinar si existen o no razones para merecer el enjuiciamiento.

El grupo de militares pertenecen a los destacamentos de la Guardia Nacional Bolivariana (GNB), ubicados en Macarao, Caricuao, Petare y Cotiza. Los uniformados grabaron un video donde desconocían al Gobierno del presidente Nicolás Maduro y sustrajeron 60 fusiles AK-103.

Cabe destacar que en el destacamento de Cotiza ocurrieron la mayoría de los acontecimientos el 21 de enero de 2019. Fueron dos días previo a que el opositor, ahora prófugo de la justicia, Juan Guaidó, se autojuramentara como presidente de la República.

Por lo que, por ese acontecimiento condenaron entre 7 y 15 años de prisión a los sargentos:

  • Luis Alejandro Bandrés
  • Jordan Alirio Camacaro González 
  • Alberto José Piñango Salas
Abogados solicitaron un nuevo juicio a la Sala Penal 

La sentencia de la Sala Penal del TSJ, redactada por su presidenta Elsa Gómez y respaldada por los magistrados Carmen Marisela Castro y Maikel Moreno, hace mención a 21 militares y cinco civiles igualmente vinculados a los hechos investigados.

La Corte Marcial avaló la condena contra Bandres, Camacaro y Piñango. Ante eso, los abogados solicitaron a la Sala Penal que se celebrara un nuevo juicio, por presuntas violaciones de garantías constitucionales. Así lo destaca el medio Últimas Noticias.

De esa manera, por la falta de claridad en el planteamiento, de acuerdo a la sentencia 096 del 14 de marzo, la Sala Penal desestimó esas denuncias expuestas en un recurso de casación.

Sala Constitucional anuló el fallo

La Sala Constitucional anuló ese fallo debido a que “se apartó de los valores, principios, normas, derechos y garantías constitucionales al debido proceso, a la tutela judicial efectiva y a la debida responsabilidad penal que tiene cada ciudadano frente al Estado venezolano por los hechos punibles cometidos, a la seguridad jurídica y a la justicia”.

Por lo que, consideró que los documentos sí reflejaron de forma “precisa y clara” las denuncias a los procesados. De tal forma que regresaron el expediente a la Sala Penal, a fin de que sus magistrados emitieran una nueva respuesta a los militares que apelaron a la condena impuesta.

Sin embargo, previo al análisis de ese recurso, cuando los magistrados examinaron si las actuaciones ejercidas contra los militares están ajustadas a derecho, pudieron constatar lo siguiente:

Vicios que repercuten directamente en aspectos de orden constitucional, que fueron inadvertidos durante el desarrollo de la causa, vinculados, ante todo, a valores, principios, normas, derechos y garantías constitucionales, como el derecho de los ciudadanos a ser juzgado por un juez natural”.

Decisión de la Sala Penal

La Sala Penal anuló de oficio la audiencia preliminar que se celebró el 23 de abril de 2019 en el Tribunal Militar 3° de Control de Caracas. Allí se ordenó abrir un juicio contra 21 militares y cinco civiles.

No obstante, cuando desglosaron los nombres no incluyen a Bandres, Camacaro y Piñango, ya bajo condena por esos hechos que ocurrieron en la GNB de Cotiza.

Es así como, de acuerdo con la sentencia, la Sala Penal del TSJ ordenó que esa audiencia preliminar, para debatir si es pertinente o no enjuiciar a los 21 militares y cinco civiles, se realice en un tribunal ordinario. De esa manera, esa instancia no pertenecerá a la esfera castrense.


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Venezuela News Radio 104.9 FM

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