El pasado jueves 21 de enero, la Corte Constitucional de Colombia realizó una votación sobre la despenalización del aborto. La decisión quedó bajo un empate, con cuatro votos a favor y cuatro en contra.
Dicha votación se dividió entre los magistrados José Fernando Reyes, Alberto Rojas, Diana Fajardo y Antonio Lizarazo, los cuales aprobaron esta decisión. Mientras tanto, los magistrados que votaron en contra fueron Jorge Ibáñez, Gloria Ortiz, Paola Meneses y Cristina Pardo.
Sin embargo, un noveno voto pudo determinar la decisión pero no fue así. Se trata del magistrado Alejandro Linares, el cual fue excluido de la votación por unas declaraciones que emitió en un medio local, dando su aprobación para despenalizar el aborto.
Con este empate, la decisión quedará a cargo de un conjuez. A pesar de tener las mismas responsabilidades de un magistrado, sus funciones no son válidas en la Sala Plena integrada por nueve integrantes del Congreso.
La despenalización del aborto en Colombia
En 2021, la Sala Plena de la Corte Constitucional de ese país, eligió a 18 conjueces que estarán a cargo de las decisiones comprendidas entre marzo de 2021 y febrero de 2022. Entre las que se encuentra la despenalización del aborto.
Los conjueces seleccionados para debatir sobre este empate entorno a la despenalización del aborto serán Julio Andrés Ossa y Juan Carlos Henao.
En ese sentido, se desconoce sobre una segunda votación sobre este tema.
La práctica del aborto en Colombia está penalizada con hasta cuatro años de prisión. Asimismo, solo es permitido bajo tres causales: Peligro en la salud mental o física de la madre, malformación en el feto y violación.