La Junta Directiva de la Liga Venezolana de Beisbol Profesional (LVBP) sancionó a siete peloteros y técnicos por una trifulca entre Caracas y Magallanes.
La decisión la anunció este domingo la directiva de la LVBP, tras lo ocurrido el pasado 19 de noviembre en el Estadio José Bernardo Pérez de Valencia, cuando un pelotazo a Renato Nuñez en el cierre del 8vo capítulo empezó a caldear los ánimos.
La tensión se vio desbordada en el noveno inning luego que el relevista del Magallanes y ex lanzador de las Grandes Ligas, Bruce Rondón, mandara a callar al dugout del Caracas, luego de retirar los tres outs, lo que hizo que se vaciaran las bancas en una trifulca entre ambas novenas.
Las sanciones y los implicados
Entre los sancionados se encuentran Bruce Rondón, relevista del Magallanes, que quedó suspendido por tres juegos. Esto, luego transgredir las disposiciones contenidas en el artículo 21 numeral 2° del Código de Ética y Disciplina de la LVBP. Además, quedó multado con trescientos dólares o su equivalente en bolívares al cambio oficial proporcionado por el Banco Central de Venezuela. El motivo es por la falta prevista en el artículo 20, ordinal 6°, y la aplicación del artículo 22, según la LVBP.
Yadier Molina, mánager del Magallanes, quedó suspendido por dos encuentros, tras quebrantar lo previsto en el artículo 21 numeral 2° del Código de Ética y Disciplina de la LVBP. Deberá pagar un gravamen de trescientos dólares por la falta prevista en el artículo 20, ordinal 6°, y la aplicación del artículo 22.
Por otra parte, el relevista de los Leones del Caracas, Anthony Castro y el coach de tercera base José Molina de los Navegantes del Magallanes quedaron amonestados por escrito. Esto, tras verse involucrados en la riña entre ambos equipos.
Según el artículo 19 del Código de Ética y Disciplina de la LVBP, en su ordinal 1 es una falta sancionable: “Ofender a cualquier persona por escrito, verbal o vías de hecho”; así como “La falta de consideración y del respeto debido a las personas”, según el ordinal 2° de ese artículo.
En tal sentido y, en caso de reincidencia, será motivo de apertura de un procedimiento disciplinario.
Recurso de apelación
Los sancionados pueden “interponer el recurso de apelación, dentro de las veinticuatro horas siguientes a la notificación del fallo, el cual deberá procurarse hacerse personalmente”. Esto, de acuerdo con lo previsto en el artículo 40 del Capítulo V del Código de Ética y Disciplina de la LVBP.