El Consejo Nacional Electoral (CNE) publicó la nueva normativa para extender las credenciales a los testigos electorales en los comicios del 28 de julio.
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Esta medida se encuentra en Gaceta Electoral 1060 con fecha del 20 de junio, en la cual se establecen las normas especiales y procedimientos, así como también señala que las organizaciones deberán consignar ante el CNE, el listado de las personas autorizadas para presentar los testigos del 21 al 27 de junio.
“Solo se permitirá la designación de un autorizado o autorizada a nivel nacional y un máximo de tres autorizados o autorizadas a nivel regional en cada entidad del país, por cada una de las organizaciones con fines políticos participantes, quienes recibirán el usuario para ingresar al Sistema de Acreditación de Testigos (SAT) y realizar su registro correspondiente”, refiere el documento.
Asimismo en el artículo 4 se detalla, que se permitirá la acreditación de 24 testigos a nivel nacional por cada partido político, que haya postulado candidato para la elección presidencial. Además la nueva normativa señala, que se podrá autorizar testigos ante la Junta Nacional Electoral y de mesa electoral.
Por otro lado, el artículo 8 señala que los testigos no podrán ser manipulados en el cumplimiento de sus funciones. En tanto, el artículo 10 concluye que no se permitirá por ninguna razón, en un mismo acto electoral, más de un testigo por organización.
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