Una pareja mantenía a un niño de 12 años encadenado a su cama en su residencia, ubicada en Pariaguán, estado Anzoátegui. Los implicados serán imputados por el delito de Trato Cruel Agravado. Este tipificado en los artículos 254 y 217 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente (Lopna).
Así lo informó este domingo el fiscal general de la República, Tarek William Saab. A través de su cuenta de Twitter, indicó que la pareja imputada está a la orden del Ministerio Público.
También informó que los detenidos son la madre del menor, María Virginia Acosta, y su padrastro, Yhonni José Barreto. Ambos quedaron a la orden de la fiscalía 12.
#AHORA @MInpublicoVEN en Pariaguan #Anzoátegui logra la #detención de los sujetos María Virginia Acosta y Yhonni José Barreto: quienes son la madre biológica y padrastro de un niño de 12 año que mantuvieron encadenado en una cama: por tal motivo fueron puestos a la orden de la… pic.twitter.com/VsyQq6FjOM
— Tarek William Saab (@TarekWiliamSaab) May 28, 2023
¿Qué señala el Artículo 254?
“Trato cruel o maltrato.
Quien someta a un niño, niña o adolescente bajo su autoridad, Responsabilidad de Crianza o vigilancia a trato cruel o maltrato, mediante vejación física o síquica, será penado o penada con prisión de uno a tres años, siempre que no constituya un hecho punible será sancionado o sancionada con una pena mayor. El trato cruel o maltrato puede ser físico o psicológico.
En la misma pena incurrirá el padre, madre, representante o responsable que actúe con negligencia u omisión en el ejercicio de su Responsabilidad de Crianza y ocasionen al niño, niña o adolescente perjuicios físicos o psicológicos”.