La nueva economía digital en Venezuela avanza a través del Petro, por ello, ahora los usuarios podrán cancelar sus trámites en registros y notarías con la criptomoneda soberana.
La normativa se desprende de la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.668, fechada el pasado 16 de diciembre, donde se publicó la reforma a la Ley de Registros y Notarías del país.
En este sentido, se establece el Petro como unidad de cuenta para todos los servicios ofrecidos por el Servicio Autónomo de Registros y Notarías (Saren).
Con esto, se garantiza la usabilidad de nuestra criptomoneda en espacios fundamentales como la inscripción, protocolización o autenticación de documentos.
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Ley de Registros y Notarias 16/12/2021
Gaceta Oficial de Venezuela por https://t.co/ta5B2K39Qu Boletín, Sumario Oficial #Descarga Gaceta del día https://t.co/PzQb1cmRpa— Gaceta Oficial VE (@GacetaOficial) January 5, 2022
Trámites a cancelar con el Petro
Entre los trámites a ser cancelados mediante el mecanismo de pago digital con el Petro, el artículo 29, contempla:
- Inscripción de testamentos abiertos o cerrados.
- Títulos o certificados académicos, científicos, eclesiásticos y los despachos militares.
- Legalizaciones.
- Autorizaciones de niñas, niños o adolescentes para viajar.
- La inscripción de demandas y poderes, así como la sustitución, renuncia y revocatorias de los mismos en materia laboral.
- Designación de tutores, curadores o consejeros de tutela.
- Actas de remate.
- Copias certificadas de los libelos de demanda para interrumpir la prescripción y surtir otros efectos.
- Poderes, sustituciones, renuncias y revocatorias de los mismos.
- Documentos que contengan declaraciones de limitaciones, transmisiones, derecho de retracto, renuncias o gravámenes de la propiedad.
- Decretos de interdicción e inhabilitación civil.
- Protestos de cheques, de conformidad con lo previsto en el Código de Comercio.
- Certificación de gravámenes.
- Copias certificadas de todos aquellos actos o instrumentos que reposen en los archivos de los Registros y Notarías.
- Los demás que establezcan las leyes y las providencias emanadas de la máxima autoridad del Servicio Autónomo de Registros y Notarías.
El @SarenVzla pone a disposición los siguientes canales de comunicación para que formules tus denuncias.
¡No calles!#5Ene #VacunarseEsClave pic.twitter.com/fsozxrsEu2
— Registros y Notarías (@SarenVzla) January 5, 2022
Tasas por concepto de prestación de servicio
Igualmente, el decreto destaca los montos relacionados con las tasas a ser canceladas por concepto de prestación de servicio ante el Saren.
- Hasta cinco décimas de Petro (0,5 PTR) por el primer año y hasta una unidad de petro (1 PTR) por cada uno de los años siguientes.
- Hasta una unidad y media de Petro (1,5 PTR) por el primer año y hasta tres décimas de petro (0,30 PTR) por cada uno de los años siguientes, que abarque las averiguaciones que deban llevarse en los libros o registros electrónicos.
- Hasta una unidad de Petro (1 PTR) por la certificación que se expida de los expedientes, planos o documentos de cualquier especie archivados o inscritos en la respectiva oficina.
- Hasta dos décimas de Petro (0,20 PTR) por el primer folio y hasta una décima de petro (0,10 PTR) por cada uno de los siguientes, por las copias certificadas de documentos inscritos.
- Hasta una décima de Petro (0,10 PTR) por cada folio de las copias o reproducciones simples de los documentos inscritos.
- Hasta una unidad de Petro (1 PTR) por la comprobación o legalización de cada firma ante los Registros Principales y hasta dos unidades de petro (2 PTR) por la legalización de firmas de los Registradores Principales ante el Saren.
- Mientras que en lo concerniente a bienes inmuebles, son distintas las tasas, dada la naturaleza del trámite a procesar, estas varían: desde quinientas unidades de petro (500 PTR); hasta más de mil unidades de petro (1.001 PTR).
Para mayor información, respecto a los otros rangos y trámites, vinculados a las tasas a cancelar con el Petro, puedes descargar la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.668, haciendo link en tu Gaceta Oficial VE.