La Superintendencia de Instituciones del Sector Bancario (Sudeban), informó que existen dos tipos de financiamientos para los emprendedores del país.
En este sentido, la Sudeban detalló la lista de requisitos que deben cumplir los emprendedores para recibir dichos créditos; de parte de la banca pública y privada.
#EsNoticia || La Sudeban establece requisitos para el otorgamiento de créditos para el desarrollo de emprendimientos.
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— SudebanInforma (@SudebanInforma) August 11, 2022
El primer tipo de crédito va entre 100 veces el tipo de cambio de mayor valor ponderado por el Banco Central de Venezuela. Un máximo de 1.650 veces el tipo de cambio de mayor valor. El segundo, entra en la otra escala que va entre 1.651 veces el tipo de cambio de mayor valor. Un máximo de 16.550 veces la mayor paridad cambiaria ponderada por el BCV.
Al respecto, el ente estableció que la tasa aplicable a estos financiamientos será la vigente para la cartera de microcréditos, a la que se sumarán estas operaciones.
Entre los tipos de cambio que la autoridad monetaria publica diariamente, el mayor es el correspondiente al euro. De esta manera, el primer tramo iría, al valor de referencia para el 11 de agosto, entre 610 y 10.065 bolívares, mientras que el segundo se ubicaría entre 10.071,1 y 100.955 bolívares.
En divisas estadounidenses, el primer tramo de estos créditos para emprendedores oscilaría entre 103,4 y 1.705,9 dólares, al tiempo que el segundo se ubicaría entre 1.707 y 17.111 dólares.
Requisitos para emprendedores
Asimismo, la Sudeban puntualizó los requisitos que las entidades financieras deberán exigir a las personas naturales.
Tramo I
Los Emprendedores Personas Naturales habilitados para recibir la primera escala de créditos ya señalada deberán cumplir los siguientes requisitos:
– Copia cédula de identidad o Pasaporte vigente.
– Copia Registro de Información Fiscal (RlF).
– Certificado del Registro Nacional de Emprendimientos (RNE).
– Presupuesto del bien, mercadería, suministros o insumos; entre otros, a ser adquirido o que esté relacionado con el crédito solicitado.
– Última Declaración del Impuesto sobre la Renta (ISLR), si declara.
– Planilla de solicitud del Crédito para Emprendedores.
– Evidencia fotográfica de las actividades a las que se dedica (en las aplicaciones de las Redes Sociales; tales como: Instagram, Twitter o Facebook).
– Estados de cuentas bancarias, de los últimos tres (3) meses de las cuentas que posea, de ser el caso.
Tramo II
Los Emprendedores Personas Naturales que aspiren a obtener financiamientos por los valores más altos establecidos por la norma, deberán cumplir los siguientes requisitos:
– Copia cédula de identidad o Pasaporte vigente.
– Copia Registro de Información Fiscal (RlF).
– Certificado del Registro Nacional de Emprendimientos (RNE).
– Presupuesto del bien, mercadería, suministros o insumos; entre otros, a ser adquirido relacionado con el crédito solicitado.
– Última Declaración del Impuesto sobre la Renta (ISLR), si declara.
– Planilla de solicitud del Crédito para Emprendedores.
– Evidencia fotográfica de imágenes de las actividades a las que se dedica (en las aplicaciones de las Redes Sociales; tales como: Instagram, Twitter o Facebook).
– Estados de cuentas bancarias, de los últimos tres (3) meses de las cuentas que posea; de ser caso.
La Sudeban aclaró que las Instituciones Bancarias no podrán requerir requisitos adicionales, salvo aquellos estrictamente necesarios para el análisis y evaluación de riesgo crediticio del deudor.