El Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) beneficia a hijos menores de edad o el cónyuge de un fallecido con una pensión de sobreviviente.
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De acuerdo a la página web del instituto, a las personas se les otorga esta compensación debido a la muerte de un asegurado, por causas de vejez o discapacidad.
Para ello, los padres y cónyuges que hayan partido físicamente, debieron contar con la acreditación de aproximadamente 750 cotizaciones en el IVSS.
Cabe recordar que la pensión del sobreviviente se otorga cuando el fallecido nunca contó con la pensión aunque logró cumplir los requisitos para adquirirla.
Documentos del cónyuge o hijos
- Planilla de Solicitud
- Constancia de Trabajo
- Acta de Matrimonio
- Acta de Defunción
- El familiar debe acudir con la cédula de identidad del causante, o beneficiario, y los datos serán validados por el IVSS, mediante la consulta al Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME)
- Partida de nacimiento, en el caso de menores de 14 años
- Si la persona en beneficiarse cuenta con hijos mayores de 14 años, le corresponde presentar la partida de nacimiento
- Si posee hijos menores de 18 años que cursas estudios regulares, debe consignar la constancia de estudio
- Si tiene hijo con discapacidad, consignar su informe médico
Documentos del pensionado fallecido para que el IVSS beneficie a hijos menores de edad o el cónyuge con una pensión de sobreviviente
- Planilla de Solicitud
- Acta de Matrimonio
- Acta de Defunción
- El familiar debe consignar la cédula de identidad del causante. Si el beneficiario tiene hijos mayores de 14 años, se le solicitará la partida de nacimiento
- Si tiene hijos menores de 18 años, que actualmente cursan estudios regulares, se le pedirá la constancia de estudio y si es incapacitado consignará un informe médico