El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) fijó en Gaceta Oficial los requisitos para exonerar el pago del Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (IGTF) a las estaciones de servicio por la venta de combustible.
El pasado 13 de febrero de 2023 publicaron la Gaceta Oficial bajo el número 42.570.
En este mismo sentido, se dio a conocer que quedarán excluidos del pago del IGTF los productos que se empleen para el mejoramiento de la calidad del combustible o insumos derivados de hidrocarburos.
Al respecto, el Seniat dio a conocer que el beneficio de la exoneración del IGTF, abarcará a las empresas del Estado. Así mismo, a las compañías mixtas con participación de capital estatal y privado en cualquier proporción, y empresas privadas.