La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ratificó este viernes 11 de octubre, de forma inobjetable, la sentencia de la Sala Electoral, en la que se validaron los resultados electorales del 28 de julio, en la que resultó ganador el presidente Nicolás Maduro, con más del 51 % de los votos, extendiendo así su período presidencial hasta el 2031.
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La decisión de la ratificación de sentencia emitida por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), se basó en una investigación con todos los actores políticos que participaron en el proceso de votación del mes de julio.
En este sentido el TSJ «certifica de forma inobjetable el material electoral peritado y convalida categóricamente los resultados de la elección presidencial del 28 de julio de 2024, emitidos por el Consejo Nacional Electoral (CNE), donde resultó electo el ciudadano Nicolás Maduro Moros, como Presidente de la República Bolivariana de Venezuela para el período Constitucional 2025-2031»
Asimismo, la Sala Constitucional exhortó al Consejo Nacional Electora a publicar los resultados definitivos del proceso electoral celebrado en el mes de julio, en el que se llevó a cabo la escogencia del Presidente de la República Bolivariana de Venezuela. Esto de acuerdo a lo previsto en el artículo 155 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales de la nación bolivariana.
Por otra parte, la sentencia 0211 mencionó casos similares en cuanto a la investigación de procesos electorales en otros países, así como la certificación de los resultados en México y Brasil, en dos de los casos más recientes.
Sentencia de la Sala Constitucional del TSJ sobre ratificación de triunfo del presidente Maduro el 28 de julio: (clic aquí)
Con información de Fuser News y Con el Mazo Dando.
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