La Corte de Ecuador declaró este jueves, la inconstitucionalidad del decreto ejecutivo 410, en el que el presidente Daniel Noboa dispuso estado de excepción por 60 días en varias provincias. Esto, a razón del conflicto armado interno que atraviesa ese país.
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En ese sentido, los magistrados concluyeron que la causal por la que se ordenó la medida no se ha configurado, conforme los estándares establecidos en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, frente a los grupos criminales que especificó el presidente de la República. Así lo señala el documento.
Entre las medidas adoptadas por el Gobierno, que fueron calificadas como inconstitucionales, está la suspensión del derecho a la libertad de reunión. Sin embargo, la CC aclaró que la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas pueden impedir y desarticular reuniones en espacios públicos. Esto, si en las mismas, se identifican posibles amenazas a la seguridad ciudadana e integral, así como al orden constituido, porque es parte de sus competencias y atribuciones.
CC insta a utilizar medida cuando la situación lo requiera
Asimismo, la Corte Constitucional instó al presidente de Ecuador que utilice los estados de excepción únicamente cuando la situación lo requiera y que explique adecuadamente las causales que invoca. Así como, tome todas las medidas previstas en el régimen ordinario para combatir la situación de violencia.
Este dictamen se conoció, mientras la tarde de este jueves, sectores sociales planificaban una protesta nacional en contra de Daniel Noboa por los apagones y la situación económica.
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