Por lo tanto, las también instituciones financieras del país que posean billetes y monedas del cono monetario y denominaciones mencionadas anteriormente, deberán proceder de acuerdo con lo dispuesto en el reglamento sobre la Acuñación, Impresión, Emisión, Circulación, Canje y Destrucción de Especies Monetarias.
Hasta el 25 de septiembre circularán billetes de 10, 20, 50 y 200 mil del Bolívar Soberano
En la Gaceta Oficial Nº 42.952, de fecha 29 de agosto de 2024, fue publicada una resolución mediante la cual se establece que los billetes del Bolívar Soberano, con denominaciones de Bs. 10.000, Bs. 20.000, Bs. 50.000 y Bs. 200.000 circularán hasta el 25 de septiembre de 2024.
En ese sentido, la Gaceta Oficial 42.952 indica que los billetes y las monedas de las denominaciones iguales e inferiores a Bs. 200.000 emitidos por el Banco Central de Venezuela (BCV), pertenecientes al cono monetario identificado como “Bolívar Soberano”, podrán ser depositados ante las instituciones bancarias del país hasta las 3 de la tarde del 30 de septiembre de 2024.
Venezuela News Radio 104.9 FM
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