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Estos son los dirigentes de oposición habilitados e inhabilitados por el TSJ (+Lista completa)

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La Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) reveló este viernes el listado de dirigentes políticos de oposición que quedaron habilitados e inhabilitados para cargos públicos.

Como parte de las negociaciones entre el Gobierno del presidente Nicolás Maduro y la Plataforma Unitaria de la oposición, se llegó al acuerdo de que el Poder Judicial revisaría los casos de estos políticos venezolanos.

El pasado diciembre, los nueve dirigentes inhabilitados acudieron al TSJ para solicitar un amparo cautelar, a propósito del mecanismo establecido en el Acuerdo de Barbados el pasado 17 de octubre de 2023.

Políticos habilitados
  • Leocenis García: es periodista y político venezolano y el coordinador del partido Prociudadanos. En 2008, fundó el Grupo editorial 6to Poder. En 2016 fue detenido bajo arresto domiciliario por, presuntamente, recibir dinero del expresidente colombiano Álvaro Uribe y de banqueros extranjeros para desestabilizar al Gobierno.

  • Richard Mardo: fue representante del partido de oposición Primero Justicia en Aragua y en 2011 ejerció el cargo de diputado a la Asamblea Nacional por el circuito del estado Aragua. Además, en la AN formó parte de la Comisión Permanente de Cultura y Recreación. En 2013, el entonces presidente del Parlamento, Diosdado Cabello, presentó pruebas de corrupción en su contra.

  • Pablo Pérez Álvarez: es un político venezolano y abogado, fue gobernador del estado Zulia entre 2008 y 2012. En 2015, la Contraloría General de la República lo inhabilitó para ejercer cargos públicos durante diez años, tras determinar que había cometido irregularidades administrativas.

  • Daniel Ceballos: es exdiputado y exalcalde del municipio San Cristóbal en Táchira, fue suspendido y destituido por el TSJ, por orden del Ministerio Público, en las protestas en Venezuela de 2014. En 2015, quedó inhabilitado por la CGR para ejercer cargos políticos. Posteriormente, Ceballos quedó destituido por el TSJ bajo el alegato de desacato, quedó detenido y encarcelado. El opositor salió en libertad condicional el junio de 2018.

  • Rosa Brandonisio de Scarano: esposa del exalcalde del municipio San Diego de Valencia, estado Carabobo, Enzo Scarano, quien lo sustituyó tras su inhabilitación en 2015.

Inhabilitados por el TSJ

Henrique Capriles Radonski: es un político y abogado venezolano, dirigente del partido Primero Justicia. Entre 2000 y 2008 ejerció como alcalde del municipio Baruta. Ejerció el cargo de gobernador entre los años 2013-2017. En 2012 se lanzó como candidato presidencial y perdió ante el expresidente Hugo Chávez. Igualmente, en 2017 quedó inhabilitado por la Contraloría para ejercer cargos políticos durante 15 años, y quedó imposibilitado para postularse a la reelección como gobernador, por lo que finalizó su período en octubre de ese mismo año.

  • María Corina Machado: En el 2015 se dispuso la inhabilitación de María Corina Machado por 15 años. Debido a sus llamados a: golpes de Estado, abstención, solicitud de intervención extranjera. Así como promover las sanciones y bloqueos para afectar la soberanía de Venezuela. La sala del TSJ ratificó la inhabilitación de la dirigente de oposición venezolana y queda claro que María Corina Machado no podrá participar como candidata a las elecciones presidenciales a realizarse este 2024.

Casos en los que el TSJ también se pronunció
  • Wilfredo Segundo Rojas Vargas y Carlos Alberto Piñero González: son miembros Principales y Secretarios Generales del partido Redes de Respuesta de Cambios Comunitarios (REDES). En este caso la sala del TSJ declaró no tener competencia en esta sentencia, al tiempo que indicó que la Sala Electoral tampoco estaría capacitada para tratar el caso interpuesto por estos dirigentes.

  • Vincencio Scarano: exalcalde del municipio San Diego de Valencia, estado Carabobo. Estuvo encarcelado y destituido de su cargo de alcalde por apoyar violentas protestas contra el Gobierno de Maduro en 2014. En este caso, la sala del TSJ ordenó remitir el expediente a la Sala Constitucional, pues consideró no tener la competencia por si sola para tomar la decisión.


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