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Enrique Márquez: Decisión del TSJ menoscaba atribuciones del CNE

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El rector principal del Consejo Nacional Electoral, Enrique Márquez, calificó como un “menoscabo a las atribuciones del CNE”, la decisión del TSJ de repetir las elecciones en Barinas. Según Márquez, la decisión del Poder Judicial influye en la autonomía del Poder Electoral venezolano; y deja un serio precedente en la actuación del árbitro comicial.

A través de su cuenta en Twitter, el rector Enrique Márquez publicó un hilo en el que fija posición sobre la polémica generada en Barinas, para la repetición de las elecciones regionales.

Enrique Márquez: Acto sagrado del CNE

Indicó, Márquez que el voto es un acto ciudadano imprescindible y que el mismo debe denotar, la separación de los poderes públicos como un “estado de derecho y justicia social”.

Igualmente, el rector principal del CNE recalcó que actos como el cierre de mesas electorales, escrutinios y proclamación de los funcionarios electos, es un acto “sagrado” para el ente comicial. Este no debe ser “obstaculizado por intromisiones ajenas al CNE”, en clara alusión de crítica a la intervención del TSJ.

Calificó de injustificable el retraso

Las apreciaciones de Márquez, también vienen precedidas de una especie de Mea Culpa del funcionario electoral, motivado al retraso en la totalización de las actas en Barinas.

En una serie de tweets, publicados el pasado 26 de noviembre, el rector del CNE calificó de “injustificable” el retraso de la totalización de actas, lo que a su juicio contraviene el respeto a la voluntad del pueblo barinés.

¿Qué dijo la Sala Electoral del TSJ?

En su momento, la Sala Electoral del TSJ emitió la sentencia 79-2021, que ordena al CNE convocar para el día 09 de enero de 2022 las elecciones de Gobernador o Gobernadora del estado Barinas, “garantizando condiciones de igualdad en la participación de los sujetos con derecho al sufragio en la entidad federal”.

Agrega, que la decisión se realiza sin menoscabo de las proyecciones consignadas por el CNE, que al momento de la sentencia del 29 de noviembre daban un porcentaje de votos a favor del candidato Freddy Superlano.

El porcentaje refiere que Freddy Superlano obtuvo el 37,60% de los votos, mientras que Argenis Chávez obtuvo el 37,21%.

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