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Corte Suprema de Panamá: Matrimonio igualitario “no es un derecho”

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En Panamá, la Corte Suprema de Justicia (CSJ) rechazó reconocer el matrimonio igualitario, al considerar que no es un derecho humano reconocido por la Constitución panameña.

“Hay una realidad, y es que, hasta ahora, el derecho al matrimonio igualitario no pasa de ser una aspiración que, aunque legítima para los grupos implicados, no tiene categoría de derecho humano y tampoco de derecho fundamental, siendo que carece de un reconocimiento convencional y constitucional”, señaló la CSJ en su fallo.

El fallo responde a varias demandas presentadas desde el 2016. En ese contexto, los recursos interpuestos ante el máximo tribunal pedían la declaración de inconstitucionalidad de las leyes que prohíben el matrimonio igualitario.

Las demandas las presentaron varias parejas panameñas del mismo sexo. Querían que Panamá reconociera la legalidad de sus matrimonios, celebrados en otros países.

“Como guardiana e intérprete de la Constitución Nacional, no tiene facultad para decretar o proclamar derechos fundamentales que no estén positivizados e incidir en la eficacia y vigencia del contenido normativo del texto constitucional, por más cambios que se sucedan en la realidad, aun cuando estos tengan la entidad suficiente para producir una mutación constitucional”, explica en su fallo la CSJ.
“No es una sorpresa”

El fallo que fue publicado este miércoles, coincidiendo con el “Día Internacional de la Cero Discriminación”, fue recibido por el colectivo denunciante, sin sorpresas.

El abogado que interpuso las demandas, Carlos Ernesto González, declaró este jueves en Eco TV:

“No es una sorpresa que la Corte haya fallado como ha fallado. Es una decepción que en Panamá las personas más débiles (LGBTIQ), no reciban amparo de la justicia”.

La comunidad LGBTIQ enfrenta múltiples desafíos en Panamá, en el marco de un rechazo generalizado en las instituciones.

Tanto la iglesia católica como la iglesia evangélica en ese país se oponen al matrimonio igualitario. Amabas instituciones insisten en que los matrimonios solo se pueden dar entre un hombre y una mujer.

Por su parte, los códigos internos de las instituciones policiales y los bomberos consideran una “falta grave” la homosexualidad, lo que puede conllevar sanciones, incluido el despido.

En Panamá, tampoco se le permite a los homosexuales donar sangre.

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