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Colombia extiende indemnizaciones por infidelidad y maltrato

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La Corte Constitucional de Colombia extendió las indemnizaciones en casos de divorcio, donde los infieles deberán pagar a su pareja por estos hechos. También el cónyuge culpable deberá indemnizar a la pareja por el incumplimiento de sus deberes, incurrir en maltratos, entre otros.

Al respecto, la corte señaló que las normas demandadas cobijan tanto a hombres como a mujeres. Asimismo, identificó que las mujeres son las principales afectadas por las conductas que dan lugar a la disolución del matrimonio.

De esta manera, Corte Constitucional de Colombia dijo que la norma era exequible para este tipo de indemnizaciones. Lo cual se extiende para todos los tipos de unión, no sólo en procesos de nulidad que terminen con la sentencia de un juez.

Asimismo, el alto tribunal advirtió que la disposición establecía un trato distinto. Las personas que acuden al proceso de nulidad matrimonial pueden acceder en ese proceso al pago de perjuicios.

Por su parte, las parejas que acuden a los procesos de divorcio o cesación de efectos civiles de matrimonio religioso no podrá optar a este proceso de indemnizaciones.

Esta norma, es una obligación al Estado de adoptar medidas para prevenir, erradicar y sancionar todo tipo de violencia contra la mujer.

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