A través de su portal web, el Consejo Nacional Electoral (CNE) presentó dos instructivos para la Coordinación del Acto de Votación en Representaciones Diplomáticas o Consulares, con la finalidad de capacitar a los comisionados electorales que organizan el acto de votación en exterior.
El CNE dio a conocer dos instructivos, uno para Representaciones Diplomáticas o Consulares con hasta diez electores y otro para más de diez electores, brindan detalles específicos para la organización del proceso electoral fuera de Venezuela.
Consideraciones Generales:
- Requisitos para votar: Solo podrán sufragar en el exterior los electores mayores de 18 años con residencia o permanencia legal en el país, debidamente inscritos en el Registro Electoral y que aparezcan en el cuaderno de votación.
- Determinación del proceso electoral: Los procesos electorales nacionales en el exterior se definen por la cantidad de electores inscritos en el Registro Electoral y que aparezcan en el cuaderno de votación.
- Documentación válida: El único documento válido para votar es la cédula de identidad laminada, aunque esté vencida.
- Sistema de votación: El Acto de Votación en el exterior se llevará a cabo bajo el Sistema Manual de Votación.
- Derecho al voto: Ningún integrante podrá impedir el derecho al voto de los electores que figuren en el cuaderno de votación.
- Sanciones: Se sancionarán a los funcionarios electorales que se nieguen a admitir la votación de los electores con derecho a votar.
- Horario de votación: El proceso se desarrollará ininterrumpidamente desde las 6:00 am hasta las 6:00 pm, hora local.
- Cierre de la votación: El Acto de Votación cerrará a las 6:00 pm, hora local, a menos que haya electores en la cola para votar.
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