La Asamblea Nacional aprobó de forma unánime y en segunda discusión, la reforma a la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
La legislación comprende 65 artículos. Los mismos fueron replanteados por las Comisiones de Desarrollo Social Integral y la de Familias, Libertad de Religiones y Cultos.
Esta sería la segunda modificación que se realiza a dicha legislación. La primera reforma tuvo lugar en el seno de la Asamblea Nacional Constituyente.
“Queda aprobado por unanimidad” expresó el presidente del parlamento, Jorge Rodríguez, al someter a voto con la señal de costumbre dicha propuesta de reforma parcial. La misma se aprobó por las distintas fracciones parlamentarias sin ninguna objeción relevante.
En eses sentido, procedió a declarar como sancionada la Ley de reforma parcial a la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Aseguró que la normativa tiene como misión lograr el acceso de las mujeres a una vida plena, “a una vida sin ningún tipo de sujeción a formas de agresión contra la mujer venezolana”.
Entre los artículos modificados destacan: N°1, N°65, N°66 y N°114. La legislación incorpora diferentes acápites respecto a las nuevas formas de agresión originados contra las mujeres. Entre ellos la violencia informática y la violencia política.
Siguiendo la misma línea, la diputada Asia Villegas, resaltó que la aprobación de esta ley posiciona a Venezuela “en uno de los pilares más altos de protección de género en el mundo”.
“Es un tema de Estado y hay una Comisión Nacional que no solo diseña políticas públicas sino que hará todo el sistema de seguridad”, agregó.